RESOLUCIÓN. Una de las disposiciones de los vocales del TPECh es notificar a la Máxima Autoridad de la Provincia ciertas sugerencias que tienen que aplicarse; entre las cuales se encuentran una amonestación y la destitución de la Tenienta Política de San Luis.
En sesión ordinaria de los vocales del TPECh se tenía como primer punto del orden del día, la lectura del informe presentado por la Comisión Jurídica del organismo, relacionado a los controles que viene cumpliendo la Unidad de Vigilancia Electoral, conformada para controlar las violaciones al estatuto electoral y también a la Ley de Elecciones Vigente.
Dos eran los casos que se tenían que discutir en esta reunión, ambos relacionados al Movimiento PAIS, organización afín al gobierno del presidente de la República, Rafael Correa, quienes habrían incurrido en actos de campaña electoral en las dependencias públicas.
Entre los antecedentes están que dos de los funcionarios del actual gobierno, específicamente, el jefe Político de Guano, Francisco Pacho y la tenienta Política de San Luis, Bertha Espinoza, habrían sido encontrados en proselitismo político al interior de sus oficinas, lo cual, según los vocales del organismo, está prohibido dentro del Estatuto aprobado para las elecciones.
Las sugerencias adoptadas por el TPECh
En sesión ordinaria de los vocales del TPECh se tenía como primer punto del orden del día, la lectura del informe presentado por la Comisión Jurídica del organismo, relacionado a los controles que viene cumpliendo la Unidad de Vigilancia Electoral, conformada para controlar las violaciones al estatuto electoral y también a la Ley de Elecciones Vigente.
Dos eran los casos que se tenían que discutir en esta reunión, ambos relacionados al Movimiento PAIS, organización afín al gobierno del presidente de la República, Rafael Correa, quienes habrían incurrido en actos de campaña electoral en las dependencias públicas.
Entre los antecedentes están que dos de los funcionarios del actual gobierno, específicamente, el jefe Político de Guano, Francisco Pacho y la tenienta Política de San Luis, Bertha Espinoza, habrían sido encontrados en proselitismo político al interior de sus oficinas, lo cual, según los vocales del organismo, está prohibido dentro del Estatuto aprobado para las elecciones.
Las sugerencias adoptadas por el TPECh
Según el presidente de la Comisión Jurídica del TPECh, Mauricio Yánez, la notificación inicial fue presentada al Gobernador de la provincia para que, en un plazo de tres días se presenten las pruebas de descargo y así poder analizarlas y tomar una resolución.
En cuanto al Jefe Político de Guano, éste habría presentado los debidos justificativos que nada tiene que ver en la presencia de propaganda política del Movimiento PAIS en su oficina, ya que se encontraba en un seminario en CESA; por lo que se le desligó de responsabilidad alguna ante las pruebas presentadas por la Unidad de Vigilancia.
Lo que ‘sugirió’ el pleno del TPECh es remitir un oficio de amonestación al funcionario, básicamente por la presencia de material electoral en la dependencia pública, previniéndole que de existir una reincidencia, la autoridad nominadora (Gobernador), le destituya de su cargo.
En el caso de la Tenienta Política de San Luis, una vez analizada la documentación de descargo, los miembros de la Comisión Jurídica concluyeron que los justificativos son insuficientes para desvirtuar los actos de proselitismo político; por lo tanto, ‘se sugiere’, elaborar una notificación dirigida al Gobernador, para que mediante el respectivo trámite administrativo se proceda a la destitución.
Para Yánez, la sugerencia hecha al Gobernador se basa en un análisis realizado a la normativa electoral y a la Constitución de la República; pero básicamente por haber infringido lo que señala el Art. 33 de la Codificación de la Ley de Partidos Políticos; al Art. 21, inciso 4to de la Ley Orgánica de Control de Gasto Electoral y Propaganda.
Asimismo, informó que como el TPECh no tiene competencia para sancionar este tipo de actos cometidos por los dos funcionarios públicos, la sugerencia será remitida al Gobernador, quien tendrá tres días para poder apelar la resolución del pleno.
En caso de no acatarse…
Luego de la notificación al Gobernador, como ente nominador de estos cargos, debería cesar del cargo a la Tenienta Política de San Luis; sin embargo, no queda descartado los tres días que le faculta la Ley para la apelación correspondiente.
En el caso de no acatarse la disposición del TPECh, Yánez aseguró que hay que recordarle al Gobernador lo que dispone el Artículo 156 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, literal A, el mismo que “sanciona con la suspensión de los derechos políticos por el lapso de seis meses y con la destitución del cargo, a las autoridades que incumplieran las órdenes emanadas por los tribunales electorales y juntas receptoras del voto”.
Ese sería el fundamento para poder actuar, dijo el Vocal del organismo, “esperemos que se de cumplimiento, ya que el TPECh ha actuado en base a las pruebas y básicamente cumpliendo con las garantías constitucionales, sobre todo, las resoluciones emitidas fueron debidamente motivadas”.